La Audiencia Provincial de Cuenca en su sentencia de fecha 17 de diciembre de 2013 condena al acusado que creo un cuenta twitter, estando vigente una media cautelar de alejamiento a menos de 20 metros de su expareja, y de prohibición de comunicación.
Condena a la ex-pareja como autor responsable de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar de los artículos 74 y 468 del Código Penal, al incumplir la orden de forma reiterada utilizando medios telemáticos y redes sociales.
La Audiencia entiende probado la creación de una cuenta Twitter, hecho que fue reconocido por el acusado, aunque este negó que los mensajes fueran dirigidos a nadie concreto, más bien que eran simple manifestación de sus sentimientos. Sin embargo queda probado que el acusado hizo uso de mensajes y nombres destinados a llamar la atención de su expareja.
Se da veracidad a la declaración de la víctima por ausencia de incredibilidad, verosimilitud y presistencia en la incriminación, y aún siendo el de la víctima el único testimonio es apto para enervar la presunción de inocencia.
Leer la Sentencia: APCUENCA 17-12-2013 RECURSO 117-2013